En los procedimientos judiciales de violencia de género o relativos a supuestos abusos o maltrato sobre menores, es frecuente la remisión de parte o de la totalidad del grupo familiar a la clínica médico forense o al equipo psicosocial correspondiente.
Y es frecuente las críticas a los informes realizados por estos profesionales. Unos alegan su escasa solvencia derivada de la falta de formación de los técnicos o por la falta de tiempo para su realización. Otros critican el sesgo de parte de estos profesionales.
A los letrados, con el objeto de intervenir en un procedimiento penal de estas características, poco nos importa cuál sea el motivo que origina que estos informes muchas veces sean infundados, pues lo que auténticamente nos importa es que se nos dé la posibilidad de defender eficazmente a quien de buena fe entendemos inocente.
Pues bien, mi experiencia profesional es que la calidad de los informes mejora mucho cuando interviene un perito particular de quien conocemos su solvencia y capacidad técnica. Y es que el perito judicial, cuando ve intervenir a otro particular, siempre esmera su trabajo. Y, es más, es que en esta materia como en cualquier otra el diálogo y el cambio de impresiones ayuda a acercarse a la verdad.
Sin embargo, a día de hoy es prácticamente desconocido por los abogados que están en su derecho, una vez se acuerda la realización de un informe por parte de los técnicos del Juzgado, a nombrar un perito de su confianza para que intervenga activamente en la realización de todas las operaciones periciales. Es más, en los Juzgados en los que me han admitido este escrito y han acordado de conformidad con el mismo, me han hecho ver que nunca antes abogado alguno le había pedido este tipo de intervenciones.
Por eso adjunto un modelo de escrito solicitando al Juzgado el que intervenga un perito designado por nosotros. Por experiencia propia sé que los Juzgados, ante la lectura del argumentario que incluye, acabe admitiendo la intervención de nuestro perito. Si no lo hiciera, y ante la posible condena de nuestro cliente, se nos facilita enormemente la posibilidad de prosperabilidad de un recurso de apelación fundado en la indefensión.
Así pues, os dejo este modelo para su uso libre. Los abogados lo podéis utilizar en vuestro trabajo, y los afectados que accedan a él le podrán entregar copia a sus abogados por si no conocieran esta posibilidad.
Javier Mª Pérez-Roldán y Suanzes-Carpegna
Presidente de la Asociación Europea de Abogados de Familia
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