El pasado viernes 20 de julio la
oficina de Prensa de la Audiencia Provincial de Navarra hacía pública que la
Sección Primera de la Audiencia Provincial absolvía a un hombre para el que la
fiscalía solicitaba ocho años de prisión por una agresión sexual a otro hombre,
así como otros dos años de prisión por lesiones.
Al ahora absuelto se le acusaba
de haber obligado a una exparejo (masculino)
a realizarle una felación. Sin embargo la Sala entiende que no medio violencia
ni intimidación. Se da la particularidad que la Audiencia sí entiende probado
que el acusado, después de la relación sexual, golpeo al víctimo y le agredió en la cabeza con un vaso de cristal,
provocándole una herida inciso contusa. No obstante, y a pesar de dar por
probado esto extremo, no condena por cuanto el
víctimo se acogió a su derecho a no declarar contra su exparejo.
No obstante, esta noticia no ha
llamado la atención de los medios, aquellos que a raíz de la Sentencia de la
Manada (que casualidad, dictada también por la Audiencia de Navarra) se han
desatado en todo tipo de críticas con nuestra legislación penal.
Esta sentencia manifiesta la
hipocresía y las mentiras de los lobbys de presión del movimiento de odio de
género, pues demuestra varias cosas, a saber:
1.- Que la violencia en parejas
homosexuales existe, pues son tan violentas como las parejas heterosexuales o
más aún.
2.- Que son unos hipócritas
cuando quieren suprimir el derecho de una mujer a no declarar contra su esposo,
pues sostienen que si las mujeres usan ese derecho es por temor a su
maltratado… ¿y éste maltratado no pudo actuar bajo el mismo temor… o no es
posible porque es hombre?
3.- Si se ha demostrado la
violenta agresión que sufrió… ¿no parece un poco chocante que no se dé por
probada la agresión sexual? ¿o es que a una mujer hay que crearla aunque no
tenga lesión alguna pero a un hombre, aun teniendo lesión, no se le debe creer?
4.- Finalmente demuestra lo
absurdo del lenguaje sexista, pues cuando la víctima es un hombre no hablan de victimo, y cuando la pareja es
homosexual no hablan de parejo.
En fin que esta nueva Sentencia
de la Audiencia Provincial de Navarra demuestra que, en efecto, a la hora de
aplicar el Código Penal si existen sesgos, pero siempre a favor de la mujer y
en contra del hombre, y nunca al contrario, como se demuestra que a los
miembros de La Manada, ante una acusación de Agresión se les ha condenado por
abuso por no haberse acreditado la violencia o intimidación; y en este caso,
como la víctima y el verdugo eran hombres al acusado, al no haberse acreditado
la violencia o intimidación, en vez de condenarle por abusos se le ha absuelto.
Conclusión: los hombres sí están
desprotegidos, pues para los abusos homosexuales si hay barra libre… cuidado de
a quién dais la espalda.
hmm
ResponderEliminarSi se ha demostrado la violenta agresión que sufrió… ¿no parece un poco chocante que no se dé por probada la agresión sexual? ¿o es que a una mujer hay que crearla aunque no tenga lesión alguna pero a un hombre, aun teniendo lesión, no se le debe creer?
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