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31 de julio de 2018

Si el abuso es homosexual «yo no te creo»



El pasado viernes 20 de julio la oficina de Prensa de la Audiencia Provincial de Navarra hacía pública que la Sección Primera de la Audiencia Provincial absolvía a un hombre para el que la fiscalía solicitaba ocho años de prisión por una agresión sexual a otro hombre, así como otros dos años de prisión por lesiones.
Al ahora absuelto se le acusaba de haber obligado a una exparejo (masculino) a realizarle una felación. Sin embargo la Sala entiende que no medio violencia ni intimidación. Se da la particularidad que la Audiencia sí entiende probado que el acusado, después de la relación sexual, golpeo al víctimo y le agredió en la cabeza con un vaso de cristal, provocándole una herida inciso contusa. No obstante, y a pesar de dar por probado esto extremo, no condena por cuanto el víctimo se acogió a su derecho a no declarar contra su exparejo.
No obstante, esta noticia no ha llamado la atención de los medios, aquellos que a raíz de la Sentencia de la Manada (que casualidad, dictada también por la Audiencia de Navarra) se han desatado en todo tipo de críticas con nuestra legislación penal.

La ‘Manada’, la perspectiva de género y la Justicia


A raíz de la Sentencia que condena a los cinco jóvenes de la tristemente famosa «Manada» a nueve años de prisión se ha convertido en dogma que nuestra legislación, y muy especialmente la penal, debe reformarse para comprender, tanto en su redacción como en su aplicación, «la perspectiva de género».
Tal dogma es repetido hasta la saciedad por todos los corifeos del sistema político actual: los grandes medios de comunicación, algunos colegios profesionales, la legión de ONGs subvencionadas, organismos internacionales y supranacionales de escasa transparencia, etc. Sin embargo ninguno ni los lobbys feministas, ni los partidos políticos, ni el Gobierno, ni estos corifeos complacientes han explicado a la sociedad qué es realmente la «perspectiva de género». Por eso, para poder tener un criterio formado sobre lo que supone la introducción de esa perspectiva conviene saber a qué se hace referencia con ella.

13 de mayo de 2018

¿Ideología de género en el Código Penal tras el caso de “la manada”?

En el programa "360º, tú decides" en EITB, el 11 de mayo de 2018, Javier Pérez- Roldán, abogado Presidente de la Asociación Europea de Abogados de Familia, defiende que las reformas del Código Penal en materia de delitos sexuales se han de realizar desde un criterio técnico, sin introducir la perspectiva de género. La realidad determina que los esfuerzos se tienen que dirigir a proteger a la víctima independientemente de su sexo, pues entre las víctimas también hay menores y varones, y entre los agresores también hay mujeres.
Lo importante es atender a la víctima independientemente de su sexo, raza, religión ...


25 de febrero de 2017

La mujer, el «sexo débil» o la galantería patriarcal


Javier Mª Pérez-Roldán y Suanzes-Carpegna
Presidente de la Asociación Europea de Abogados de Familia

En nuestro anterior Código Penal, el de 1973, se incluía, en su artículo 10, un listado de agravantes de la responsabilidad penal. En concreto, al punto 16 de tal artículo se establecía como agravante «Ejecutar el hecho con ofensa de la autoridad o desprecio del respeto que por la dignidad, edad o sexo mereciese el ofendido, o en su morada cuando no haya provocado el suceso».

Sin embargo, con la llegada del PSOE al poder se revisó en su integridad el Código para ajustarlo a la Constitución y suprimir todos los artículos incompatibles con la misma por ser residuos de un régimen autoritario antidemocrático. Pues bien, con motivo de esta revisión se suprimió la referencia al sexo, pues la misma, según se sostuvo en el debate parlamentario, era claramente inconstitucional por discriminatoria, de modo tal que la L.O. 8/1983, de 25 de junio, suprimió esa referencia y dejó el artículo de esta guisa «Ejecutar el hecho con ofensa de la autoridad o desprecio del respeto que por la dignidad o edad mereciese el ofendido, o en su morada, cuando no haya provocado el suceso.»


27 de octubre de 2016

¿Qué la mujer haya sido siempre discriminada, no es una construcción de género?



¿Qué diferencia ontológica hay entre la ideología patriarcal o machista y la de género que hace que la machista hubiera sido capaz durante siglos de ocultar la discriminación real, y que hace que la ideología de género no oculte nada y evidencie la situación supuestamente real?
El 01/08/2014 entró en vigor en España el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica, hecho en Estambul el 11 de mayo de 2011.

1 de febrero de 2015

La ideología de género, la Ley de Violencia de Género y el invierno demográfico




Del  mismo modo que todo cuerpo sano tiende a su propia conservación, toda sociedad sana tiende a ella, que en su caso no es más que su propia multiplicación. Sin embargo en las sociedades occidentales esto no sucede así, pues lleva decenios aquejada por de una afección vírica: la ideología de género.
Para comprender cómo afecta la ideología de género a la demografía se hace necesario hacer un pequeño bosquejo de lo que la ideología de género sea, lo que requiere, a su vez, analizar las doctrinas que la sustentan.
El esqueleto de esta ideología lo construyó la escuela de Frankfurt, que en su esfuerzo por encontrar una forma de comunismo que pudiera extenderse por los países industrializados vinieron a sustituir la lucha de clases por la lucha de sexos. Para ello acudieron a El origen de la familia, de la propiedad privada y del Estado (ENGELS, 1884). En ella se hacía ver como la primera estructura de explotación era la familia, por lo que se empeñaron en «abolirla».

16 de julio de 2014

La Asociación Europea de Abogados de Familia denuncia los perversos efectos de la Ley de Violencia de Género ante el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra las Mujeres dependiente de la ONU.



NOTA DE PRENSA


El abogado de familia don Javier Pérez- Roldán Suanzes, en representación de la Asociación Europea de Abogados de Familia y del Centro Jurídico Tomás Moro, ha presentado ante el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra las Mujeres (CEDAW) un informe sobre las perversas consecuencias de la aplicación de la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de protección Integral Contra la Violencia de Género (LIVG).


El comité de CEDAW es una organismo dependiente de la ONU y uno de los máximos responsables de la propagación internacional de la ideología de género. Dicho comité solicita con periodicidad a los Estados Partes informes sobre las políticas aplicadas contra la discriminación femenina y en cumplimiento de las recomendaciones que imparte el propio organismo.

Igualmente el comité de CEDAW permite a las asociaciones civiles de los Estados Miembros presentar sus propios informes de evaluación de las políticas de igualdad. Hasta la fecha solo las asociaciones afines a la ideología de género y a los postulados del feminismo radical han hecho uso de esta herramienta para difundir su ideología sexista.

Teniendo en consideración las limitaciones que establece el propio Comité para la eliminación de la Discriminación las asociaciones civiles españolas Asociación Europea de Abogados de Familia y el Centro de Estudios Jurídicos Tomás Moro, han presentado su informe teniendo en consideración los efectos perniciosos que la Ley Integral Contra la Violencia de Género provoca a las propias mujeres.

Ambas asociaciones son plenamente conscientes que los efectos perjudiciales de las leyes basadas en la ideología de género alcanzan a toda la población española, independientemente de su sexo y edad, no obstante circunscribiéndose a los requisitos fijados por el propio comité internacional han centrado sus denuncias y sus conclusiones únicamente en las mujeres.

Así, el abogado Javier Pérez- Roldán Suanzes, denuncia expresamente en su informe presentado que “la Ley Orgánica 1/2004 de protección integral contra la Violencia de Género (LIVG) no ha supuesto una disminución de la violencia contra las mujeres, ni del número de muertes, atentando además contra los derechos fundamentales de la mayoría de la ciudadanía”.

29 de mayo de 2014

¿Están siendo coaccionados los equipos psicosociales en los juzgados?

En la Asociación Europea de Abogados de Familia venimos recibiendo denuncias desde hace tiempo acerca de una concreta actuación de algunos equipos judiciales al emitir informes periciales en los pleitos por custodias de menores. Los peritos, especialmente el psicólogo, al explorar a los menores detecta indicios de que están siendo maliciados por la madre en contra del padre, sobre todo en casos de custodia exclusiva materna pero también -y esto es lo más llamativo-, en los de custodia compartida que la madre pretende revocar judicialmente. Se trata claramente de casos de la psicopatología clínica llamada Síndrome de Alienación Parental (SAP) que, por su abundancia en los conflictos de custodia tras la ley de divorcio express de 2005, es perfectamente conocida por los profesionales, habiendo tenido casi todos experiencias personales directas de menores afectados.
La cuestión es que los peritos judiciales en sus informes, por un lado detectan, asilan y describen con precisión las conductas indiciarias del síndrome, sus síntomas y sus consecuencias en cuanto a las preferencias respecto a sus padres que los menores se ven inducidos a expresar, todo lo cual suele estar totalmente estandarizado y responder a esquemas fijos y repetidos. Pero, pese a ello, estos equipos periciales ESQUIVAN EN SUS INFORMES LA CALIFICACIÓN DIAGNÓSTICA DEL SÍNDROME, es decir, eluden designar la situación con su nombre científico de Síndrome de Alienación Parental (SAP). Al no existir en la literatura científica calificaciones o denominaciones alternativas pacíficamente aceptadas, la parte expositiva de estos informes resulta ambigua e imprecisa, como si existieran dudas acerca de la estrategia maliciadora de la madre y se quisiera descargar en el juez la responsabilidad de llamar a las cosas por su nombre.

13 de febrero de 2014

Los padres no cuidan peor de los hijos, es que las madres quieren que lo hagan como ellas


Por su interés enlazamos un artículo publicado hoy por el Diario ABC. En el Doña María Calvo, autora del libro «Padres destronados», sin miedo a lo políticamente correcto nos cuenta las verdades del barquero, a saber:
- Que tanto la figura del padre como de la madre son referentes necesarios en la educación de nuestros hijos.
- Que los hogares sin padre constituyen la tendencia demográfica más perjudicial de esta generación.


2 de febrero de 2014

¿El falso mito de las denuncias falsas?



Dominus, auditis his verbis coniugis, iratus est valde; 
tradiditque Ioseph in carcerem, ubi vincti regis custodiebantur. Et erat ibi clausus.

Génesis 39,19-20

[Al oír las palabras de su mujer, su patrón se enfureció,
hizo detener a José, y lo puso en la cárcel donde estaban recluidos los prisioneros del rey. Así fue a parar a la cárcel.]



De sobra es conocido el interés desmesurado de los ideólogos de género en negar la existencia de denuncias falsa en el ámbito del derecho de familia. Para ellos toda criminalización de las relaciones familiares es justa pues (i) si la mujer denuncia es que el hecho es cierto; (ii) los hechos, aunque pudieran parecer intranscendentes, son siempre de gravedad extrema, pues son manifestación patente de un acto de dominio del varón sobre la mujer.

1 de febrero de 2014

Todavía hay mujeres valientes que se arriesgan a decir la verdad.

Tres mujeres alertan del feminismo radical y la ideología de género: «Estamos ante un precipicio»


Entre ellas destaca por su trayectoria profesional doña Consuelo Martínez-Sicluna y Sepúlveda, profesora titular de Filosofía del Derecho en la Universidad Complutense de Madrid, que afirmó con certeza que “el feminismo radical implica que la relación entre los sexos se vea como una lucha y que se abandone la distinción natural de los sexos”. En su opinión, “no se trata de atribuir un nuevo papel a la sociedad, sino que están intentando transformarla desde su naturaleza”. 

27 de enero de 2014

Denuncias falsas de mujeres

Reportaje sobre denuncias falsa realizado por la televisión danesa RV PRODUCCIONES.

En dicho reportaje figura la entrevista realizada a don Javier Pérez- Roldán abogado de familia experto en denuncias falsas, custodia compartida y sustracción internacional de menores.

Puede ver a Javier Pérez Roldán en los minutos 9:31, 15:08, 16:24 y 27:40 entre otros.


21 de enero de 2014

Un interesante documental que echa por tierra los dogmas de la ideología de género

Publicamos los enlaces a estos dos vídeos, que son la primera y segunda parte del reportaje “La paradoja de la igualdad de género”, presentado por el cómico y documentalista noruego Harald Eia y emitido el 1 de marzo de 2010 por la NRK, la televisión estatal de Noruega, que está considerado como uno de los países con mayor “igualdad de género”.

Es significativo observar cómo afrontan el debate los partidarios de esa ideología. Ante la constatación de que hay determinadas profesiones hacia las que hombres o mujeres sienten una mayor inclinación, y de que hay pruebas que demuestran que las diferencias de carácter entre hombres y mujeres tienen una causa no sólo social y cultural sino también biológica, los ideólogos de género apelan a la mera especulación: pero si se hiciese tal cosa, o se hiciese tal otra, entonces… Es un argumento inmune al contraste con la realidad, como ocurre con todas las utopías: prometen un paraíso futuro sólo existente en el mundo de las ideas. Lo inalcanzable de su meta les anima a no reconocer su error jamás -pues siempre habrá que ir un poco más allá-, y con el pretexto de alcanzarla algún día, se llevan por delante todo lo que se les interpone, empezando por la verdad. Prueba de ello es que cuando les muestran los resultados de estudios científicos que contradicen sus tesis, los ideólogos de género los descalifican sin más.

Primera Parte

6 de enero de 2014

Yo acuso. Las trampas de la ley de la violencia de género



Desde la aprobación de la Ley de Violencia de Género son ya muchos los hombres inocentes que han sido condenados a penas de prisión. La realidad del funcionamiento de la leyes es macabra. Una mujer denuncia en comisaría a su marido por una supuesta agresión o por violencia psicológica. La policía automáticamente localiza al hombre, le esposa delante de sus hijos y le detiene sin necesidad de prueba alguna ingresándole en un calabozo. Si la detención se produce en viernes, permanecerá allí encerrado hasta el lunes, cuando pasa a disposición judicial. Como seguramente el acusado nunca ha tenido problemas con la justicia, no conocerá abogado alguno y le nombran a uno de oficio, que solo podrá hablar con él durante unos cinco minutos antes del juicio.

30 de diciembre de 2012

¿Es la justicia igual para todos?




Javier Pérez- Rolda interviene en el programa De Boca en Boca de la Eitb (30/11/2012) hablando sobre la igualdad en la justicia y la ley de tasas

1 de agosto de 2012

El aborto nuevo patriarcado

Artículo publicado en el diario la Razón.

Este domingo se manifestó en Madrid un grupo de feministas solicitando el aborto libre y fuera del Código Penal. Vuelven a los tópicos antisociales, anticientíficos y antijurídicos de siempre. Y es que socialmente existe un claro interés en defender la descendencia, pues es la garantía de la pervivencia de la sociedad. Científicamente es evidente que el embrión no es parte de la madre, pues de hecho lo primero que hace es generar unas proteínas para defenderse de los glóbulos blancos de la gestante, que pretenden expulsarlo como «cuerpo invasor» que es. Por tanto, el derecho no puede otorgar a nadie, ni siquiera a la madre, la facultad de decidir sobre la vida de otro.